El “derecho al olvido” de Europa en América Latina

Author(s): 
Publication Type: 
Academic Writing
Publication Date: 
February 1, 2017

This article appeared as Chapter Five in "Hacia una Internet libre de censura II Perspectivas en América Latina".

El “derecho al olvido” de Europa en América Latina

Daphne Keller[1]

 

Resumen ejecutivo

El presente artículo aborda las tensiones existentes entre el llamadoderecho al olvido” y los derechos a la libertad de expresión e información de los usuarios de internet, en especial, en tanto y en cuanto esos derechos estén reconocidos en América Latina. Se analizarán los sorprendentes acontecimientos ocurridos de acuerdo con dos fuentes jurídicas europeas: el caso “Google Spain”[2] del año 2014 resuelto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que le exigió al buscador de internet que eliminara determinados resultados de búsqueda; y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aún pendiente, de la Unión Europea (UE).

>l RGPD es la única reforma efectuada en diez años de la Ley de Protección de Datos de la UE.> Entrará en vigor y desplazará a la anterior Ley de Protección de Datos en el año 2018. Sus nuevas cláusulas sobre derecho al olvido inclinan el campo de juego fuertemente a favor de eliminar los datos en línea, causando un serio desequilibrio entre los derechos a la expresión y a la intimidad.

Los legisladores y los defensores de América Latina tienen la oportunidad de evitar este desequilibrio en sus propias leyes. En rigor de verdad, existen fuertes argumentos que sostienen que el RGPD podría no satisfacer ciertos requisitos jurídicos y constitucionales e incumplir compromisos de derechos humanos en la región. Los legisladores pueden proteger los derechos a la intimidad y a la protección de datos rechazando cualquier perjuicio a la libertad de expresión, que podrían causar leyes del derecho al olvido mal diseñadas.

El presente artículo: (1) examinará el contexto jurídico del derecho al olvido en Europa y su relación con otros regímenes de “notificación y baja” de la comunicación en internet; (2) analizará las restricciones sustantivas y procedimentales a la libertad de expresión conforme la ley, con un enfoque sobre las nuevas disposiciones del RGPD; y, finalmente, (3) identificará las diferencias principales entre las leyes de la UE y aquellas que rigen en muchos países de América Latina.

Las diferencias entre el sistema legal europeo y el latinoamericano sugieren el siguiente enfoque posible para los formuladores de políticas encargados de elaborar propuestas sobre el derecho al olvido en el ámbito de la legislación, los litigios y la aplicación administrativa:

1. No tratar a los intermediarios como responsables de los datos divulgados por los usuarios, ni definir obligaciones más flexibles para los responsables en relación con la expresión.

2. No imitar el proceso de notificación y baja establecido en el RGPD. Por el contrario, recurrir a la Ley de Responsabilidad de los Intermediarios y a las declaraciones de políticas para identificar cualquier obligación y garantizar el control procedimental contra el exceso de eliminación.

3. Comparar propuestas sobre el derecho al olvido con el marco de derechos humanos de América Latina, que es distintivo y promueve la libertad de expresión.

4. Comparar cualquier propuesta de derecho al olvido con los derechos existentes basados en la intimidad, difamación u otros recursos jurídicos. Identificar si el derecho al olvido respaldaría denuncias que aún no están incluidas en esas leyes, ya sea que las mismas sean deseables en cuestiones de políticas, y determinar las protecciones a la libertad de expresión cuidadosamente diseñadas que podrían aplicarse.


[1] Daphne Keller es Directora del Área de Responsabilidad de los Intermediarios de Stanford Center for Internet & Society. Anteriormente se desempeñó como Consejera General de Responsabilidad de los Intermediarios y Libertad de Expresión para Google. En dicho cargo, se concentró principalmente en cuestiones jurídicas y políticas fuera de los EE.UU., incluido el “derecho al olvido”, en constante evolución, de la Unión Europea. Como parte de sus funciones anteriores en Google, lideró los equipos legales para Búsquedas Web, Derechos de Autor y Software de Código Abierto. Daphne ha enseñado Derecho de Internet en la Escuela de Derecho de U.C. Berkeley, y también ha enseñado en la Escuela de Información de la misma universidad y en la Escuela de Derecho de Duke. En sus actuaciones en la materia, Daphne ha declarado ante la Investigación Leveson y el Comité Parlamentario sobre Privacidad. Daphne realizó su práctica en el grupo de Litigios de Munger, Tolles & Olson y es graduada de la Facultad de Derecho de Yale y de Brown University. El presente artículo es una versión traducida al español del original en inglés.

[2] >Tribunal de Justicia de la Unión Europea, caso C-131/12, “Google Spain SL vs. Agencia Española de Protección de Datos”, sentencia del 13 de mayo de 2014, ¶ 94, disponible en: http://bit.ly/2fbEIQH.